Artículo 1299 del Código Civil de Tabasco
No convalidación
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo octavo. Del registro publico de la propiedad · Capitulo ii.. De los títulos sujetos a registro y de los efectos legales del mismo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La inscripción no convalida los actos o contratos que sean nulos con arreglo a las leyes.