Artículo 1338 del Código Civil de Tabasco
Forma
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo octavo. Del registro publico de la propiedad · Capitulo vi.. De la extinción de las inscripciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las cancelaciones se harán en la forma que fije el Reglamento; pero deberán contener, para su validez, los datos necesarios a fin de que con toda exactitud se conozca cuál es la inscripción que se cancela, la causa por qué se hace la cancelación y su fecha.