Artículo 1473 del Código Civil de Tabasco
Enajenación del bien
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VI. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Queda también sin efecto el legado, si el testador enajena la cosa legada, pero vale si la recobra por un título legal.