Artículo 2654 del Código Civil de Tabasco
Responsabilidad del mutuario
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del mutuo · Capitulo I. Del mutuo simple
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El mutuario será responsable de los perjuicios que sufra el mutuante por la mala calidad o vicios ocultos de los bienes que restituya, aun cuando desconozca tales defectos.