Artículo 316 del Código Civil de Tabasco
Cuándo puede disminuirse la cantidad
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del parentesco y de los alimentos · Capitulo II. De los alimentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Procede la disminución de la pensión alimenticia a alguna de las partes, cuando varíen las circunstancias que dieron origen a la fijación.