Artículo 5 del Código Civil de Tabasco
Límites al ejercicio de los derechos
Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los habitantes del Estado de Tabasco tienen obligación de ejercer sus actividades, de usar y disponer de sus bienes en forma que no perjudiquen a la colectividad, de manera que redunde en beneficio de ésta, bajo las sanciones respectivas. También tienen la obligación de ejercer sus derechos, de usar y disponer de sus bienes, cuando por el no ejercicio, uso o disposición, se cause un perjuicio general o se impida un beneficio colectivo.