Artículo 729 del Código Civil de Tabasco
Inalienabilidad
Libro primero. De las personas · Titulo decimoséptimo. Del patrimonio de la familia · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los bienes afectos al patrimonio de la familia son inalienables y no están sujetos a embargo ni gravamen alguno, con excepción de las modalidades que pudiera exigir el interés público.