Artículo 344 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo decimoseptimo. Delitos contra la prestacion adecuada del servicio profesional · Capitulo VI. Enajenacion fraudulenta de medicinas nocivas o inapropiadas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Se aplicará de seis meses a un año de semilibertad y multa de veinte a cincuenta días multa a los dueños, encargados, empleados o dependientes de una farmacia que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente recetada por otra que sea dañina o evidentemente inapropiada al padecimiento para el cual se prescribió.