Artículo 64 del Código Penal de Tabasco
Libro primero · Parte general · Titulo cuarto. Aplicacion de sanciones · Capitulo III. Imputabilidad disminuida
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Si el sujeto activo realiza el hecho bajo un estado de imputabilidad disminuida, se le impondrán hasta las dos terceras partes de la sanción aplicable para el delito cometido. En estos casos quedará subsistente la atribución del hecho a título doloso.