Artículo 1027 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. Reglas comunes · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Las obligaciones a que se refiere el artículo anterior, son entre otras:
I.- Las obligaciones civiles prescritas, cumplidas posteriormente por el deudor;
II.- Las que demandado su cumplimiento en juicio no fueren reconocidas en él, si el deudor se aviene a cumplirlas después de la sentencia.