Artículo 1237 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. Reglas comunes · Capítulo VI. De las instituciones protectoras del acreedor para el caso de incumplimiento del deudor · Sección II. De la simulación de los actos jurídicos.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Descubierta la simulación absoluta, se restituirá el bien o derechos a quien pertenezcan, con sus frutos e intereses, si los hubiere; pero si el bien o derechos han pasado a título oneroso a un tercero de buena fe, no habrá lugar a la restitución. También subsistirán los gravámenes impuestos a favor de un tercero de buena fe.