Artículo 1516 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título sexto. Efectos de las obligaciones con relación a terceros · Capítulo segundo. De la simulación de los actos jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Luego que se anule un acto simulado, se restituirá el bien o derecho a quien pertenezca, con sus frutos e intereses, si los hubiere; pero si el bien o derecho han pasado a título oneroso a un tercero de buena fe no habrá lugar a la restitución.
También subsistirán los gravámenes impuestos a favor de un tercero de buena fe.