Artículo 1348 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título segundo. Fuentes de las obligaciones · Capítulo II. De la declaracion unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si se hubiere señalado plazo para el desempeño del servicio o para llenar la condición, no podrá el prominente revocar su ofrecimiento mientras no esté vencido el plazo.