Artículo 1760 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo III. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El arrendatario no puede rehusarse a hacer la entrega del bien arrendado, terminado el arrendamiento, ni aun bajo el pretexto de mejoras, sean éstas útiles o necesarias.