Artículo 1806 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título séptimo. Del arrendamiento · Capítulo tercero. De los derechos y obligaciones del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El arrendatario no puede rehusarse a hacer la entrega del bien arrendado, terminado el arrendamiento ni aún bajo el pretexto de mejoras, sean éstas útiles o necesarias.