Artículo 1782 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título sexto. Del arrendamiento · Capítulo VI. Del arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El alquiler terminará en el plazo convenido, y a falta de plazo, luego que concluya el uso a que el bien hubiere sido destinado conforme al contrato. Pero si en éste no se hubiere fijado plazo ni se hubiere expresado el uso a que el bien se destina, el arrendatario será libre para devolverlo cuando quiera y el alquilador no podrá pedirlo si no después de cinco días de celebrado el contrato.