Artículo 2182 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo. De la fianza · Capítulo II. Efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cuando el fiador haya renunciado el beneficio de orden, pero no el de excusión, el acreedor puede perseguir en un mismo juicio al deudor principal y al fiador; mas este conservara el beneficio de excusión, aun cuando se dé sentencia contra los dos.