Artículo 2684 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título cuarto. De la sucesión legítima · Capítulo IV. De la sucesión del cónyuge
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
En el primer caso del artículo anterior el cónyuge, recibirá íntegra la porción señalada; en el segundo, sólo tendrá derecho de recibir lo que baste para igualar sus bienes con la porción mencionada.