Artículo 2810 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo VI. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
A ningún coheredero, puede obligarse a permanecer en la indivisión de los bienes, ni aun por prevención expresa del testador.