Artículo 276 Quinquies del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título duodécimo. Delitos contra la seguridad y libertad sexuales · Capítulo IV. Hostigamiento y acoso sexual
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Si la persona que comete estos delitos fuere servidor público y utilizase los medios o circunstancias que su función le proporciona para ejecutar el hostigamiento o el acoso sexual, además se le sancionará con la destitución e inhabilitación de uno a cuatro años para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos.
Artículo reformado, P.O. Extraordinario No. 09, del 27 de febrero del 2026. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-Ext-No.09-270226.pdf