Artículo 390 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo octavo. Delitos contra la seguridad en el goce de garantías · Capítulo I. Privación ilegal de la libertad y de otras garantías
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Se impondrá la sanción a que se refiere el Artículo anterior:
I.- Al que obligue a otro a prestarle trabajos o servicios personales sin la retribución debida, ya sea empleando violencia física o moral, o valiéndose del engaño, de la intimidación o de cualquier medio; y
II.- Al que celebre con otro un contrato que prive a éste de la libertad, o le imponga condiciones que lo constituyan en una especie de servidumbre o se apodere de una persona y la entregue a otra con el objeto de que ésta celebre contrato.