Artículo 458 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título vigésimo segundo. De los delitos cometidos contra el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano. · Capítulo único. Delitos cometidos por fraccionadores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Los responsables de los delitos contenidos en el presente Capítulo por haber acordado o preparado su realización en los términos de la fracción I del artículo 39 de éste Código, no podrán gozar del beneficio de la libertad provisional bajo caución.