Artículo 1143 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo octavo. De la posesion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Se reputa como nunca perturbado o despojado al que judicialmente fue mantenido en la posesión o restituido en ella.