Artículo 1370 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Del enriquecimiento sin causa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El empobrecimiento y el enriquecimiento deben ser estimables en dinero en forma directa o indirecta.
Existe el enriquecimiento sin causa, no solo en los casos en que se aumente el patrimonio de una persona en detrimento de otra, sino también cuando sin fuente o causa legítima, alguien se libere de una obligación.
Respecto al perjudicado, el empobrecimiento no sólo existirá cuando haya una pérdida o menoscabo en su patrimonio, sino también cuando deje de percibir todo aquello a que legítimamente tendría derecho.