Artículo 1569 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo octavo. De la transmision de los derechos de credito y de los derechos reales · Capitulo III. De los remates
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
En las enajenaciones judiciales, que hayan de verificarse para dividir el bien común, se observará lo dispuesto para la partición entre herederos.