Artículo 2308 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo duodecimo. Del contrato de prestacion de servicios · Capitulo III. De los porteadores y alquiladores
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Las acciones que nacen del transporte, sean en pro o en contra de los porteadores, duran seis meses después de concluido el viaje.