Artículo 2604 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo primero · Capitulo unico. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Desde la muerte del autor de la herencia los bienes que forman ésta mejoran, se perjudican o perecen en beneficio del heredero o legatario respectivamente.