Artículo 2737 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo VI. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si en el bien legado tiene alguna parte el testador o un tercero, sabiéndolo aquél, en lo que a ellos corresponda, vale el legado.