Artículo 588 del Código Civil de Tlaxcala
Derogado
Libro segundo. De las personas · Titulo decimocuarto. De las actas del estado civil · Capitulo II. De las actas de nacimiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
(DEROGADO, P.O. 12 DE JULIO DE 2017)