Artículo 796 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo tercero. De la propiedad · Capitulo IV. De la apropiacion de los animales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La ocupación de los animales domésticos se rige por las disposiciones contenidas en el título de los bienes mostrencos.