Artículo 817 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo tercero. De la propiedad · Capitulo VII. Del derecho de accesion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
La propiedad de los bienes da derecho a adquirir todo lo que ellos producen, o se les une o incorpora natural o artificialmente. Este derecho se llama de accesión.