Artículo 193 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título cuarto. Delitos contra la adecuada impartición, procuración y administración de justicia cometidos por servidores públicos · Capítulo IV. Delitos cometidos en el ámbito de la administración de justicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Se impondrán de cuatro a diez años de prisión y multa de cien a ciento cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, al servidor público que:
I.Ordene la aprehensión de cualquier persona por delito que no se encuentre sancionado con pena privativa de libertad o no preceda denuncia o querella;
II.Obligue al imputado, acusado o sentenciado a declarar;
III.Ordene la práctica de cateos o visitas domiciliarias fuera de los casos autorizados por la ley;
IV.No resuelva sobre la vinculación a proceso del imputado, dentro del plazo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
(REFORMADA, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 2014)
V.Prolongue injustificadamente la prisión preventiva, por más tiempo del que como máximo fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales;
(REFORMADA, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)
VI.Demore injustificadamente el cumplimiento de la resolución judicial en la que se ordena poner en libertad a un detenido;
(REFORMADA, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)
VII.Inicie un proceso penal contra un servidor público con fuero;
(ADICIONADA, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)
VIII.Ordenar la aprehensión de un individuo por delito que no amerite pena privativa de libertad, o en casos en que no preceda denuncia, acusación o querella; o realizar la aprehensión sin poner al detenido a disposición del juez;
(ADICIONADA, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)
IX.Dar a conocer a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que, por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales, y
(ADICIONADA, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)
X.Desviar u obstaculizar la investigación del hecho delictuoso de que se trate o favorecer que la o el imputado se sustraiga a la acción de la justicia.