Artículo 194 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título cuarto. Delitos contra la adecuada impartición, procuración y administración de justicia cometidos por servidores públicos · Capítulo IV. Delitos cometidos en el ámbito de la administración de justicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Se impondrán de cuatro a diez años de prisión y multa de cien a ciento cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, al servidor público que por sí o por interpósita persona durante el desarrollo de un proceso utilice la violencia contra una persona, para evitar que ésta o un tercero aporte pruebas relativas a la comisión de un delito.