Artículo 283 Quater del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título séptimo. Delitos contra la libertad y seguridad personal · Capítulo XIV. Disparo de arma de fuego
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
A quien, sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, se le impondrá de dos a cinco años de prisión y multa de ciento ochenta a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que pudieren corresponderle por la comisión de otros delitos.
(ADICIONADO, P.O. 25 DE AGOSTO DE 2020)
Para efectos del presente artículo, se entenderá por causa justificada, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.