Artículo 286 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título noveno. Delitos contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual · Capítulo I. Violación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Se entiende por cópula, la introducción del pene por vía vaginal, anal o bucal.