Artículo 306 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título décimo primero. Delitos de peligro contra las personas · Capítulo V. Exposición de incapaces o menores de edad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
A quien exponga en una institución o ante cualquier otra persona a un incapaz de valerse por sí mismo, respecto del cual tenga la obligación de cuidar o se encuentre legalmente a su cargo, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y multa de dieciocho a setenta y dos veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.