Artículo 406 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título vigésimo quinto. Delitos contra la economía pública estatal · Capítulo I. Delitos contra el consumo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Se impondrá de tres meses a cinco años de prisión y multa de dieciocho a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a los comerciantes o industriales que, por cualquier medio, alteren en su cantidad o calidad las mercancías o productos de venta al público o les atribuyan cualidades que no tengan.