Artículo 1575 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo VI. Del arrendamiento · Sección segunda. De los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
La entrega de la cosa se hará en el tiempo convenido; y si no hubiere convenio luego que el arrendador fuere requerido por el arrendatario.