Artículo 1622 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo VI. Del arrendamiento · Sección cuarta. Del arrendamiento de predios rústicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Si en el contrato no se hubiere estipulado plazo para el pago de las rentas, éstas serán satisfechas por semestres vencidos.