Artículo 1814 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo X. De las sociedades y asociaciones · Sección primera. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Es nula la sociedad en que se estipule que los provechos pertenezcan exclusivamente a alguno o algunos de los socios o todas las pérdidas a otro y otros.