Artículo 1827 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo X. De las sociedades y asociaciones · Sección segunda. De la sociedad universal
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
En la sociedad universal de todos los bienes, la propiedad de éstos deja de ser individual y se transfiere a la persona moral de la sociedad.