Artículo 1870 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo X. De las sociedades y asociaciones · Sección quinta. De las obligaciones de los socios con relación a tercero
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Las variaciones que para la administración se hagan durante la sociedad, no surtirán efecto contra tercero si no se hacen constar en la forma en que se constituyó la escritura de sociedad, y se anotan en la escritura original y en el registro.