Artículo 37 del Código Civil de Yucatán
Libro primero. De las personas · Titulo segundo. Del estado civil · Capitulo I. Del Registro Civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Son nulas las actas del estado civil cuando se pruebe en el juicio respectivo que el suceso registrado no ocurrió.