Artículo 303 del Código Penal de Yucatán
Libro segundo. De los delitos en particular · Título decimoseptimo. Delitos contra el honor · Capítulo IV. Disposiciones Comunes Para Los Capítulos II y III Precedentes
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 28 de julio de 2026
Los escritos, estampas, impresos, litografías, grabados, pinturas, videos, discos o cualquier otra cosa que hubiere servido para los delitos contra el honor, se recogerán e inutilizarán a menos que se trate de algún documento público o de uno privado que importe obligación, liberación o transmisión de derechos. En tal caso se hará en el documento una anotación sumaria de la sentencia pronunciada contra el imputado.