Artículo 1038 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título primero. Fuente de las obligaciones · Capítulo tercero. De la inexistencia y nulidad de los actos jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El acto jurídico viciado de nulidad en parte, no es totalmente nulo si las partes que lo integran pueden legalmente subsistir separadas, a menos que se demuestre que al celebrarse el acto se quiso que sólo íntegramente subsistiera.