Artículo 1672 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título tercero. De la compraventa · Capítulo noveno. De las ventas judiciales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Las enajenaciones judiciales y administrativas en remate público, constituyen actos que se forman con la declaración de la voluntad del Estado emitida por medio de la Autoridad que decreta y aprueba el remate y la declaración de voluntad de la persona a quien se adjudica el bien.
Los remates se regirán por las disposiciones de este título y por las que se rigen la compraventa, aplicándose éstas por analogía en lo conducente, en cuanto a las obligaciones y derechos del ejecutado y del adquiriente, con las modificaciones que se expresan en este Capítulo.
El ejecutado se considerará como el enajenante y el adquirente como comprador.