Artículo 1719 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XIII. Transmisión de derechos de créditoy de derechos reales · Sección cuarta. Remates
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Las enajenaciones judiciales y administrativas en remate público, constituyen actos que se forman:
I.Con la declaración de voluntad del Estado emitida por medio de la autoridad que decreta y aprueba el remate; y,
II.Con la declaración de voluntad de la persona a quien se adjudica el bien.