Artículo 2166 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimo tercero. De los contratos aleatorios · Capítulo primero. Del juego y de la apuesta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El que paga voluntariamente una deuda procedente de juego prohibido o sus herederos, tienen derecho a reclamar la devolución del cincuenta por ciento de lo que se pagó. El otro cincuenta por ciento no quedará en poder del ganancioso, sino que se entregará a la beneficencia pública.