Artículo 2189 del Código Civil de Morelos
DERECHO DE REPETICION DEL QUE HA PAGADO UNA DEUDA DERIVADA DE JUEGO PROHIBIDO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo quinto. De los contratos aleatorios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El que paga voluntariamente una deuda proveniente de juego prohibido o sus herederos, tiene derecho de reclamar la devolución del cincuenta por ciento de lo que se pagó. El otro cincuenta por ciento no quedará en poder del ganancioso, sino que se entregará a la Beneficencia Pública.