Artículo 2644 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título décimo segundo. De los contratos aleatorios · Capítulo I. Del juego y de la apuesta
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
El que paga voluntariamente una deuda procedente del juego prohibido, o sus herederos, tienen derecho de reclamar la devolución del cincuenta por ciento de lo que se pago. El otro
cincuenta por ciento no quedará en poder del ganancioso, sino que se entregará a Establecimientos de Beneficencia Pública.